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Jueves, 24 Noviembre 2022 17:44

CONVOCATORIAS: EUROPEAN FILM DISTRIBUTION CREA-MEDIA-2023-FILMDIST

AperturaEuropeanFilmDistribution2023IntPublicada la convocatoria European Film Distribution CREA-MEDIA-2023-FILMDIST.

Convocatoria para distribuidoras de cine destinada a generar un fondo potencial y proporcional al número de entradas vendidas de sus películas europeas a reinvertir posteriormente.

Fecha límite: 27 de abril de 2023 (17:00 h Bruselas).

Financiación disponible

El presupuesto total disponible es de 34 millones de euros. 

Solicitantes elegiblesDistribuidores europeos de cine involucrados en la actividad principal y comercial de estrenar películas europeas no nacionales en salas de cine de su país con el fin de lograr la atención de una audiencia amplia.

Solo se admitirán solicitudes de beneficiarios individuales.

El distribuidor cinematográfico deberá cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser el titular de los derechos de distribución en salas de la película en el país interesado.
  • Llevar a cabo la distribución en salas de la película en el país interesado (determinar la fecha de estreno, planificar, controlar y ejecutar la distribución y la campaña de promoción de la película).
  • Pagar directamente los costes de distribución asociados.
  • Estar registrado y contar con operaciones previas de distribución en salas en el país interesado.

En el caso de que las actividades de distribución sean compartidas entre varias empresas, se deberán proporcionar los contratos/acuerdos establecidos entre estas empresas. Se considerará como conforme a la empresa que cumpla con todos los requisitos anteriores y que ejecute realmente la distribución de la película de acuerdo con los criterios anteriores.  Si las tareas y/o responsabilidades se comparten entre varias empresas y es imposible identificar a un único distribuidor para la película en un territorio, las entradas de esa película no serán elegibles.

Los distribuidores que actúen en diferentes países vinculados con fines de distribución (p.ej. Bélgica y Luxemburgo, Grecia y Chipre) sólo deberán presentar una sola propuesta y declarar las entradas y la reinversión en estos países.

Proyectos elegiblesLa ayuda funciona en dos fases:

1. Generación de un fondo potencial, que se calculará en función de los rendimientos de la empresa en el mercado europeo durante el período de referencia.

Para calificar, las películas europeas deben ser ficciones (incluyendo animaciones) o documentales con una duración mínima de 60 minutos cuyo copyright esté establecido como muy pronto en 2019. Además, deben haber sido producidas mayoritariamente por productores establecidos en países participantes en Europa Creativa MEDIA y deben haber sido producidas con la participación significativa de profesionales nacionales/residentes de estos países.

Para ser elegibles, las entradas deben cumplir los siguientes criterios:

  • Deben obtenerse entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2022.
  • El precio de la entrada se pagó al exhibidor correspondiente (incluyendo cualquier oferta especial o descuento), pero excluyendo aquellas entradas dónde no se pagó la tasa.
  • Deberán estar claramente identificadas y estar certificadas por la autoridad nacional correspondiente.
  • Deberán estar declaradas por los distribuidores que son elegibles en ese país.
  • Las películas deben ser películas europeas no nacionales elegibles en el país de distribución.
  • La película deberá tener su copyright establecido como muy pronto en 2019.

Las proyecciones de grupos o cine clubs en las que no se cobra el precio de una entrada individual y en las que el precio es muy inferior al precio normal de la entrada, no serán elegibles. Todas las entradas deberán estar certificadas por la autoridad nacional designada. Las entradas electrónicas (e-tickets) se podrán incluir, siempre y cuando estén certificadas de la misma manera que las entradas de las salas de cine. Es responsabilidad del distribuidor tener su propia selección de entradas certificadas en la fecha límite de la convocatoria. Sin esa certificación, las entradas no serán elegibles.

El fondo potencial es proporcional al número de entradas vendidas para películas europeas no nacionales en los países participantes en el subprograma MEDIA, basado en un coeficiente por entrada según la nacionalidad de la película y el territorio de distribución, hasta un umbral máximo fijo por película y por distribuidor y ajustado para cada país.

El fondo potencial generado se obtendrá multiplicando el número de entradas admisibles conseguidas en 2022 por un coeficiente por entrada admisible. El coeficiente admisible por entrada se fija según el país de distribución y la nacionalidad de la película.(*)

El límite máximo admisible por película (número de entradas admisibles de películas europeas no nacionales) para España será de 300.000 entradas. Las películas con menos de 200 entradas admisibles para un año determinado, no se considerarán en el cálculo del fondo potencial generado.

Uno de los principales objetivos de esta convocatoria de propuestas es tener un efecto significativo en la comercialización de las películas europeas. Así, y por razones de eficiencia, se han definido umbrales mínimos. El umbral de disponibilidad significa que, si el fondo acumulado por película para un distribuidor concreto no alcanza el umbral mínimo, el fondo no estará disponible. En el caso de España ese mínimo se fija en 30.000 euros

El fondo potencial generado no superará los 1.000.000 euros por distribuidor. 

2. Ejecución de la acción: Reinversión de un fondo potencial generado y proporcional al número de entradas vendidas de películas europeas no nacionales estrenadas por la distribuidora solicitante en su país participante en Europa Creativa MEDIA durante el período de referencia.

El fondo potencial generado de esta forma por cada empresa debe reinvertirse en un máximo de 12 películas no nacionales diferentes. Las películas declaradas deben cumplir los criterios de elegibilidad anteriormente detallados y deben ser no nacionales para el solicitante. Se permite la reinversión en la misma película en las diferentes actividades subvencionables que se detallan a continuación.

El fondo potencial generado de esta forma por cada empresa debe reinvertirse en:

  • Coproducción de películas europeas no nacionales elegibles. Sólo las inversiones del distribuidor que se establezcan en un contrato de coproducción firmado con el productor y/o coproductor de la película serán elegibles.
  • Adquisición de derechos de distribución (p.ej. mínimos garantizados para películas europeas no nacionales elegibles). Sólo se aceptarán los mínimos garantizados establecidos en el contrato de distribución firmado entre el productor o el agente de ventas de la película durante el período de elegibilidad del Grant Agreement. En caso de que los distribuidores adquieran derechos de distribución para varios territorios y que el importe del mínimo garantizado esté definido, la Agencia solo cofinanciará el mínimo garantizado para el territorio del distribuidor interesado. En el caso de una adquisición para varios territorios, por parte de un distribuidor o por cualquier empresa vinculada, el importe de la garantía mínima subvencionable se reducirá en función de las acciones por territorio estipulado del acuerdo de distribución.
  • Lanzamiento de películas europeas no nacionales elegibles. Promoción, marketing y publicidad en el mercado de películas europeas no nacionales elegibles. Impresiones ópticas y digitales (digitalización y transcodificación). Subtitulado, doblaje y adquisición de versiones lingüísticas no nacionales. Reserva y facturación.
  • Lanzamiento online de películas europeas no nacionales elegibles. Promoción, marketing, publicidad y otros costes relacionados con el lanzamiento online. Subtitulado, doblaje y adquisición de versiones lingüísticas no nacionales.

Las actividades 1 y 2 combinadas solo serán subvencionables hasta el 75% del total de la reinversión directa del presupuesto. Por lo tanto, al menos el 25% debe reinvertirse en películas.

Las actividades 1, 2, 3 y 4 no incluirán la organización de viajes ni el propio trabajo personal.

Los proyectos deben ajustarse a los intereses y prioridades de la política de la Unión Europea.

No se permite el apoyo financiero a terceros.

La duración de los proyectos será de 24 meses.

Criterios de selección:

Relevancia (100 puntos):

European Film Distribution

En este enlace está disponible la documentación relativa a la Convocatoria European Film Distribution CREA-MEDIA-2023-FILMDIST.

Si tienes alguna duda, puedes localizarnos aquí:

telefono +34 91 512 01 78  mail Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.         

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